Pautas de ética para mediadores: qué esperar

La mediación ha aumentado en popularidad en los últimos años, con un informe que encontró que alrededor la mitad de los participantes había utilizado la mediación como parte de su proceso de divorcio. Con este auge del interés en los servicios, es más importante que nunca que los mediadores adopten un enfoque responsable. Sobre todo, se trata de seguir las pautas éticas establecidas por el Modelo de Normas de Conducta para Mediadores, que consta de diez normas.

Aquí, repasaremos brevemente los diez estándares para que sepa qué esperar de los mediadores.

1. Conflictos de intereses

Se supone que un mediador es un tercero imparcial, por lo que es fundamental evitar los conflictos de intereses. Como resultado, los mediadores no deben tener ningún tipo de relación con sus clientes (incluso después de la mediación), y deben revelar los posibles conflictos de interés de antemano.

2. Competencia

No todos los mediadores son igualmente capaces de llevar a cabo todas las tareas. Si hay un caso en el que no tienen la experiencia necesaria o incluso el conocimiento cultural para llevar a cabo, es esencial ser sincero al respecto en lugar de intentar aceptar el trabajo de todos modos.

3. Imparcialidad

Incluso si no hay conflictos de intereses evidentes, los mediadores deben evitar prestar servicios si no pueden hacerlo de manera imparcial.

4. Voluntariedad

Aunque la mediación tiene como objetivo lograr un resultado, los participantes deben tener la opción de retirarse en cualquier momento. Los mediadores deben permitir (oa veces incluso alentar) que esto suceda.

5. Confidencialidad

Todo lo dicho durante una sesión de mediación debe permanecer confidencial. Las únicas excepciones a esto son los casos en los que un mediador está legalmente obligado a revelar información, y cuando los participantes acuerdan que todo puede ser compartido.

6. Compromiso de no hacer daño: mantener el control y el equilibrio

El juramento hipocrático, una de las primeras pautas éticas que conocemos, requería que los médicos se comprometieran a no hacer daño. Los mediadores deben adoptar el mismo enfoque teniendo cuidado de evitar la mediación con participantes que no están preparados para ella o que podrían sufrir al intentarlo. Por ejemplo, no permitir que ningún participante sea intimidado en una resolución o dominado en las sesiones de mediación.

7. Autodeterminación

El trabajo de un mediador no es decirles a los participantes qué hacer o tomar decisiones por ellos, es simplemente facilitar la comunicación. Por lo tanto, deben permanecer imparciales y garantizar que las personas involucradas conserven su autonomía.

8. Consentimiento informado

Es imposible tomar una decisión informada durante la mediación sin información completa. Los mediadores tienen la responsabilidad de garantizar que los participantes puedan obtener los datos que necesitan.

9. Deberes frente a terceros

Ya hemos mencionado que los mediadores no deben dañar a las partes involucradas en la mediación. Pero su compromiso no termina aquí: también deben asegurarse de que las decisiones tomadas no perjudiquen a terceros (por ejemplo, los hijos de dos personas involucradas en una mediación de divorcio).

10. Honestidad

Finalmente, los mediadores deben asegurarse de ser honestos durante todo el proceso. Esto incluye evitar información engañosa al anunciar sus servicios y calificaciones y ser sincero sobre las tarifas involucradas.

Más que mediación

Como puede ver, hay más en la mediación que ir de A a B para llegar a una resolución. Antes de aceptar trabajar con un mediador, asegúrese de que esté comprometido a respetar las pautas éticas y cumplirlas lo mejor que pueda.

At donita rey ley, nos tomamos muy en serio las pautas éticas y nos aseguramos de apegarnos a los principios de las Normas modelo de conducta para mediadores cuando prestamos nuestros servicios. Donita King es mediadora calificada y bilingüe (inglés y español), lo que le permite llevar a cabo sesiones de mediación a un alto nivel. Para obtener más información, programe una consulta hoy.

Donita King

La Sra. King es miembro de los Colegios de Abogados de Virginia, Pensilvania y DC. También se desempeña como profesora adjunta de mediación en la Facultad de Derecho de la Universidad de Richmond. Anteriormente, se desempeñó en el Consejo Conjunto de ADR de la Asociación de Abogados de Virginia (presidenta de 2015) y se desempeñó durante varios años en el Consejo de Resolución de Disputas Interinstitucionales del Gobernador de Virginia. La Sra. King actualmente se desempeña como miembro de la junta de la Junta Disciplinaria del Colegio de Abogados del Estado de Virginia por designación de la Corte Suprema de Virginia y también ha estado activa en la Cámara de Comercio Hispana, Mujeres Hispanas en Negocios. Se habla español.

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